El Gobierno nacional, a través de la Resolución 17/2024 publicada en el Boletín Oficial, ha establecido los nuevos montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirán en Argentina durante los primeros meses de 2025.
Estos ajustes salariales buscan acompañar la evolución económica del país y garantizar que los trabajadores mantengan su poder adquisitivo frente a la inflación.
El Gobierno nacional, a través de la Resolución 17/2024 publicada en el Boletín Oficial, ha establecido los nuevos montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirán en Argentina durante los primeros meses de 2025.
Según la resolución, los incrementos del salario mínimo para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa serán los siguientes:
Estos montos se aplican a todos los trabajadores mensualizados que cumplen con la jornada legal completa de trabajo, conforme al artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744.
Para los trabajadores jornalizados, la resolución establece que percibirán el salario mínimo en su debida proporción, ajustándose a las horas trabajadas y respetando los incrementos mencionados.
El aumento del SMVM tiene implicancias directas en diversas prestaciones sociales. Por ejemplo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actualiza los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo en función de estos incrementos salariales.
Estos ajustes salariales buscan acompañar la evolución económica del país y garantizar que los trabajadores mantengan su poder adquisitivo frente a la inflación. El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil es el organismo encargado de evaluar y determinar periódicamente estos incrementos, considerando las variables económicas y sociales vigentes.
Es fundamental que tanto empleadores como trabajadores estén informados sobre estos cambios para asegurar el correcto cumplimiento de la normativa laboral y garantizar los derechos de los empleados en todo el territorio nacional.