Moratoria previsional: quiénes pueden jubilarse sin aportes

Dado que este régimen finalizará en marzo de 2025, es fundamental que los interesados realicen los trámites correspondientes antes de esa fecha.

Moratoria previsional: quiénes pueden jubilarse sin aportes

Moratoria previsional: quiénes pueden jubilarse sin aportes

La moratoria previsional es un régimen especial que permite a las personas que alcanzaron la edad jubilatoria pero no cuentan con los 30 años de aportes requeridos, regularizar sus deudas previsionales y acceder a una jubilación. Sin embargo, este beneficio tiene vigencia hasta el 23 de marzo de 2025, fecha en la cual será reemplazado por un sistema de prestación proporcional.

¿Quiénes pueden acceder a la moratoria previsional 2025?

Este régimen está destinado a mujeres de 60 años y hombres de 65 años que no alcanzan los 30 años de aportes necesarios para jubilarse. A través de la moratoria, pueden regularizar los períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive, mediante un plan de pagos de hasta 120 cuotas. tn.com.ar

Requisitos para acceder a la moratoria:

  • Edad: Mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más.

  • Residencia: Ser argentino o naturalizado con al menos 10 años de residencia en el país antes de la solicitud, o extranjero con una residencia mínima de 20 años.

  • Aportes: No contar con los 30 años de aportes requeridos para la jubilación ordinaria.

  • No percibir otra jubilación o pensión: No estar cobrando ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Alternativas tras el fin de la moratoria:

A partir del 23 de marzo de 2025, quienes no cumplan con los 30 años de aportes y no hayan adherido a la moratoria, podrán optar por la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Este beneficio está destinado a personas de 65 años o más y otorga el 80% de la jubilación mínima. Para acceder a la PUAM, es necesario:

  • Edad: Tener 65 años o más.

  • Residencia: Ser argentino o naturalizado con al menos 10 años de residencia en el país antes de la solicitud, o extranjero con una residencia mínima de 20 años.

  • No percibir otra jubilación o pensión: No estar cobrando ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Residencia actual: Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.

Es importante destacar que la PUAM no incluye el derecho a la pensión por viudez.

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