Su monto variará según los ingresos, alcanzando el total estipulado para quienes perciban el haber mínimo garantizado.
El decreto también establece que el bono "tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto". Asimismo, aclara que "para percibir el presente bono extraordinario previsional los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación".
En el caso de pensiones compartidas, la normativa indica que estas se considerarán como un único titular: "Cualquiera sea la cantidad de copartícipes, deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al bono extraordinario previsional", señala el o oficial.
Según el decreto, la decisión responde a la necesidad de "mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra".
Con el bono, ¿cuánto cobrará en diciembre un jubilado con la mínima?
El bono de $70 mil, que se encuentra congelado desde marzo, lo cobrarán los beneficiarios cuyo ingreso total no supere el haber mínimo previsional garantizado. De este modo, quienes perciban la jubilación mínima de $259.598,76 cobrarán el bono completo. Así, en diciembre cobrarán un total de $329.597,80.
En tanto que quienes cobren una cifra superior al haber mínimo percibirán la diferencia del bono necesaria hasta llegar al tope de $329.597,80.
De este modo, sumado el bono de $70 mil, en noviembre estos serán los haberes:
- Jubilación mínima: $259.598,76 + bono de $70.000 = $329.597,80
- Jubilación máxima: $1.701.094,47, no cobra bono
- Prestación Universal de Adultos Mayores (PUAM): $207.679,01 .+ bono de $70.000 = $277.679,01
- Pensiones no Contributivas (PNC) por Invalidez o Vejez: $181.718,09 + bono de $70.000 = $251.718,09
- Prestación Básica Universal (PBU) $118,754 más el bono de $70.000, $188,754