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Aumento en el SUAF: ANSES pagará hasta $24.138 en marzo, ¿quiénes lo reciben?

ANSES confirmó un aumento en el SUAF que impacta a jubilados y pensionados. Descubrí quiénes pueden acceder al extra en el monto y qué requisitos deben cumplir. Además, conocé el beneficio adicional para quienes viven en ciertas zonas del país.

Cómo cobrar un extra si soy titular de SUAF ANSES.

Cómo cobrar un extra si soy titular de SUAF ANSES.

La ANSES anunció un incremento en el SUAF para jubilados y pensionados que cobran la asignación por cónyuge. Desde marzo de 2025, este beneficio se actualizó con un aumento del 2,21%, llevando el monto a $12.163 por mes.

Este pago no está disponible para todos los titulares del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Solo lo pueden recibir aquellos jubilados y pensionados que cumplan con ciertas condiciones establecidas por la seguridad social.

¿Quiénes pueden cobrar el extra de $12.163 en el SUAF?

ANSES confirmó que esta asignación está exclusivamente dirigida a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). A diferencia de otras prestaciones del SUAF, trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y beneficiarios del fondo de desempleo no tienen acceso a este beneficio.

Requisitos para cobrar la asignación por cónyuge

  • Estar jubilado o pensionado y contar con un cónyuge registrado en la base de datos de ANSES.
  • No superar los $2.056.091 de ingresos individuales ni los $4.112.182 del grupo familiar.

El pago de este beneficio se realiza mensualmente y se ajusta según la movilidad previsional.

Adicional por zona desfavorable: quiénes cobran el doble

Además del extra de $12.163, algunos beneficiarios pueden recibir $24.138 si residen en zonas con adicional por zona desfavorable. Este incremento aplica a jubilados y pensionados de ANSES que viven en:

  • La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
  • Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.

Importante: Para recibir el adicional, el pago de la jubilación o pensión debe realizarse a través de una cuenta bancaria. Quienes elijan cobrar mediante billeteras virtuales no accederán a este beneficio.