El recurso de queja le ofrece una última oportunidad a los condenados porque suspende el cumplimiento de la sentencia hasta que los jueces de la Corte se pronuncien. Lo que resuelvan será inapelable.
Sin embargo, estas reglas no estuvieron tan claras hasta el año 2021, cuando la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal (CPPF) incorporó el Art.375, que define que sólo podrán ser ejecutadas las sentencias firmes.
Los legisladores establecieron en la Resolución 1/21 “el derecho a recurrir una sanción penal ante otro juez o tribunal con facultades amplias para su revisión”. Es decir, que mientras exista una instancia superior, continúa vigente la garantía de presunción de inocencia.
Fue firmada por los diputados y senadores kirchneristas y de bloques aliados Anabel Fernández Sagasti, María de los Ángeles Sacnun, Roberto Mirabella, María Inés Pilatti Vergara, Mariano Recalde, Lucas Godoy, Carlos Gutiérrez, Martín Soria, Marisa Lourdes Uceda.
En ese momento, muchos interpretaron -incluso en el universo del Poder Judicial- que se trató de una aclaración procesal diseñada a la medida de los ex funcionarios del Estado que enfrentaban causas por corrupción, entre los que se encontraban Cristina Kichner y el resto de los imputados en Vialidad.
¿Qué le preocupa a Cristina Kirchner?
El presidente Javier Milei afirmó que “Cristina está nerviosa porque Casación le revocó el recurso y sabe que va a ir presa, y eso la tiene como loca”. La ex mandataria no demoró en reaccionar y le respondió irónicamente “Procedé, Milei”. No es tarea del Poder Ejecutivo resolver causas judiciales, y se comprende que estas declaraciones se enmarcan en sus disputas políticas.
El abogado Carlos Beraldi, pedirá a la Corte la absolución de Cristina Fernández de Kirchner porque sostiene que fue juzgada por magistrados parciales. Además, ella no tenía ninguna competencia sobre las obras que se realizaron en Santa Cruz, que fueron supervisadas por Vialidad Nacional como organismo descentralizado.
Esa no es la opinión del fiscal Mario Villar, quien reclamará que se revoque la absolución sobre la imputación como jefa de una asociación ilícita, que elevaría la pena a 12 años de reclusión por encabezar una banda de tres o más personas, destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. A su vez, repetirá su solicitud de revisar el resto de las absoluciones.
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Recordemos que Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
Los abogados del resto de los condenados también preparan sus recursos ante la Corte para pedir la anulación de la sentencia. Se trata de los representantes de Lázaro Báez (6 años), el ex secretario de Obras Públicas de la Nación, José López (6 años); los ex funcionarios de Vialidad, Nelson Periotti (6 años), Mauricio Collareda (4 años), Juan Carlos Villafañe (5 años), Raúl Daruich (3 años y 6 meses), Raúl Gilberto Pavesi (4 años y 6 meses), y José Raúl Santibáñez (4 años).
Asimismo, quienes se encuentran absueltos no harán ninguna presentación, aunque su situación también deberá ser analizada por la Corte en la medida de que el fiscal Villar los incluya en su queja. Es el caso del ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido; el ex subsecretario de obras públicas, Abel Fatala; el ex presidente de Vialidad Santa Cruz, Héctor Garro.
En cuanto a la absolución del exsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal, Carlos Kirchner, está a punto de quedar firme el próximo martes. En Casación su situación ya no había sido un motivo de debate porque el fiscal Mario Villar no lo mencionó en su reclamo, y en congruencia, tampoco lo hará en el recurso ante la Corte.
¿En qué consiste esta jugada clave ante la Corte Suprema?
La decisión de ir con un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia suspende la ejecución de la pena hasta que el Tribunal dicte su fallo. No obstante, previo a resolver la cuestión de fondo que soliciten tanto el Ministerio Público Fiscal como los abogados defensores, es necesario que los jueces admitan el planteo.
Esa es una de las principales razones por la que todos los consultados por A24.com en relación a la causa Vialidad coincidieron en que preparar ese escrito es una tarea compleja, que requiere concentración para no cometer ningún error.
Habitualmente solemos informar que la Corte desestimó un recurso por inadmisible, lo que no implica una opinión sobre la decisión recurrida, sino que es el resultado del incumplimiento del reglamento que ordena este trámite, a través de la Acordada 4/2007, firmada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay.
Según ese reglamento, para la interposición de la queja por denegación del recurso extraordinario federal, las partes deberán presentar un escrito de extensión no mayor a 10 páginas de 26 renglones, y con letra de tamaño no menor de 12.
Debe contener una carátula en hoja aparte donde deben figurar una serie de datos, entre ellos el tribunal que dictó la resolución denegatoria del recurso extraordinario federal, y todos los que hayan intervenido con anterioridad.
El contenido del planteo tiene que “refutar, en forma concreta y razonada, todos y cada uno de los fundamentos independientes que den sustento a la resolución denegatoria. El escrito tendrá esa única finalidad y no podrán introducirse en él cuestiones que no hayan sido planteadas en el recurso extraordinario”.
El escrito puede estar acompañado por “copias simples, claramente legibles, de: a) la decisión impugnada mediante el recurso extraordinario federal; b) el escrito de interposición de este último recurso; c) el escrito de contestación del traslado previsto en el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; d) la resolución denegatoria del recurso extraordinario federal.”
Pero está aclarado que “con el agregado de las copias a que se refiere este artículo no podrán suplirse los defectos de fundamentación en que hubiera incurrido el apelante al interponer el recurso extraordinario”.
Las exigencias se completan con el pedido de una transcripción de todas las normas jurídicas citadas que no estén publicadas en el Boletín Oficial y las citas de fallos de la Corte.
Por otra parte, para ingresar el escrito, las partes deberán abonar un depósito de $900.000, regulado en cumplimiento del artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En estas horas todos los abogados que intervienen en Vialidad atraviesan la ansiedad que produce no cometer ninguna falla en la presentación de sus recursos. Al mismo tiempo, saben que esta es la chance final de sus defendidos, y se preocupan porque el Ministerio Público Fiscal aún tiene una instancia, que es la participación del Procurador General.
Lo cierto es que aquí en más todo dependerá de que el Máximo Tribunal primero admita la presentación, porque si no lo hace automáticamente quedarán firmes todas las condenas tal como están.
En caso de que lo considere admisible, la Corte Suprema procederá a estudiar la cuestión de fondo antes de definir -sin plazos- el futuro de Cristina Kirchner y del resto de los imputados en este proceso, que comenzó a litigar en Comodoro Py en el año 2016.