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El Subte a 757 pesos es un precio "justo y razonable", según el gobierno porteño

Así lo afirmó al apelar el fallo de la jueza Elena Liberatori que declaró “nulo” el cuadro tarifario vigente. El pasaje, incluso, debería estar más caro. El escrito advierte sobre una pérdida económica híper millonaria.

Néstor Espósito
por Néstor Espósito |
La administración porteña defendió el cuadro tarifario que elevó el valor del pasaje. 

La administración porteña defendió el cuadro tarifario que elevó el valor del pasaje. 

Mediante un extenso escrito presentado ante la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario Elena Liberatori, el estado porteño sostuvo que “ni las demandas presentadas ni la sentencia que se recurre logran rebatir lo justo y razonable de la actualización tarifaria”.

El escrito recuerda que la normativa que regula el funcionamiento del Subte establece, justamente, que “será prestado a tarifas justas y razonables" y que la empresa SBASE, que lo opera, “realizará los estudios y establecerá las bases para la revisión periódica de los cuadros tarifarios”.

Por debajo de la pandemia

El gobierno porteño advirtió que “con los aumentos propuestos, el nivel de cobertura obtenida de la recaudación de la tarifa que abonan los usuarios, aún se encuentra muy lejos de la cobertura lograda durante los años anteriores a la pandemia por Covid-19, dato que sigue arrojando una tarifa justa y razonable”.

“La suspensión del aumento tarifario resultaría de tal magnitud que SBASE no podría hacer frente a los costos de explotación, en función con el presupuesto asignado. A su vez, este déficit presupuestario llevaría a la irremediable consecuencia de disminuir la calidad del servicio, comprometiendo la seguridad operacional del sistema, afectando en forma directa a los más de 800.000 usuarios que diariamente hacen uso del transporte subterráneo”, alertó el documento, de 135 páginas.

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El gobierno de CABA cuantificó esa pérdida: “24.544.720.340 pesos en tan sólo tres meses”.

Los abogados Flavia Licciardi, Bernardo Cazenave y Agustín Luzzi recordaron que la jueza Liberatori ya había dictado una medida cautelar para frenar la aplicación del incremento tarifario y la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario revirtió esa decisión. El escrito de apelación del nuevo fallo (que resolvió la cuestión de fondo en el marco de una acción de amparo) sostiene que “nada ha cambiado desde el momento del dictado de la resolución citada a la fecha de la presente apelación”.

Críticas a la jueza y a Miriam Bregman

No se han incorporado mayores probanzas que permitan afirmar, con el grado de certeza que es dable exigir que las tarifas aprobadas por la resolución impugnada sean manifiestamente ilegítimas, irrazonables o bien, ostenten irregularidades tales como las deducidas por los actores, ello claro está porque no existe ilegalidad alguna, lo que hace el fallo atacado una mera apreciación de la Jueza de Grado carente de toda apoyatura”, embistió la apelación.

Además, cuestionó no sólo a la jueza sino también a la principal accionante contra el aumento del pasaje, la ex diputada del Frente de Izquierda y los Trabajadores (FIT) Miriam Bregman, porque “promovió ya cinco acciones judiciales contra el GCBA y SBASE cuestionando decisiones relacionadas con la tarifa. Esta es la sexta”.

“Debe distinguirse entre el ejercicio del control jurisdiccional de la legalidad, razonabilidad y proporcionalidad de las tarifas, y el ejercicio mismo de la potestad tarifaria, que no compete a los jueces, sino al poder administrador, al que no cabe sustituir en la determinación de políticas o criterios de oportunidad o, menos aún, en la fijación o aprobación de tarifas por la prestación del servicio”, embistió el documento.

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La apelación desliza que el cuadro tarifario cuida especialmente a los trabajadores. “No debe perderse de vista que se prevén reducciones sustanciales al valor de los boletos para aquellos usuarios que efectúen más de 20, 30 y 40 viajes en el transcurso de un mes. (…) Dicho descuento se encontraría principalmente dirigido a los trabajadores que utilizan el servicio para movilizarse desde sus hogares a sus puestos de trabajo y/o a quienes, por cualquier motivo, utilizan el servicio asiduamente”.

“Ninguno de estos elementos reales ha sido tenido en cuenta en el fallo en crisis, el que muestra un examen desacertado, tendencioso y carente de todo rigor técnico, descalificando al fallo como tal”, remató el escrito.

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