¿Por qué el Ministerio de Seguridad prohibió los centros de estudiantes?
Según el ministerio, la existencia de centros de estudiantes en las cárceles distorsiona este propósito, al permitir la permanencia prolongada de los internos en espacios educativos sin que cumplan con las actividades obligatorias de reinserción, como el trabajo y el mantenimiento de espacios comunes.
En particular, se señala que en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad de Buenos Aires (CPFCABA), en el Complejo Penitenciario Federal I (CPF I) y en el Complejo Penitenciario Federal IV (CPF IV) existen agrupaciones de internos que se identifican como representantes estudiantiles.
Sin embargo, de acuerdo a la cartera de Bullrich, estos grupos no están reconocidos por la administración penitenciaria ni por la legislación vigente, y su actividad genera problemas de seguridad y alteraciones en la disciplina carcelaria.
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Imagen a modo de ilustración. Foto: archivo.
La resolución también destaca que los internos que forman parte de estos centros permanecen en las aulas durante toda la jornada, incluso fuera del horario de cursada, lo que interfiere con el cumplimiento del tratamiento penitenciario obligatorio.
En ese sentido, el ministerio subraya que la educación en contexto de encierro es un derecho garantizado por la ley, pero que su ejercicio no puede impedir la realización de otras tareas esenciales para la reinserción social.
Por último, la resolución aclara que la Procuración Penitenciaria de la Nación sigue garantizando los derechos de los internos y que las medidas adoptadas buscan armonizar el acceso a la educación con las exigencias del régimen penitenciario.
El Gobierno estableció meses atrás que los presos de cárceles federales tienen la obligación de realizar tareas de mantenimiento de los lugares comunes como son los pabellones y las celdas.