Sanciones

Multas en Córdoba: la llamativa advertencia legal sobre las luces automáticas en los coches

En esta época, en donde hay muchos turistas en la provincia, es importante conocer las normas para evitar sanciones.

Las multas en Córdoba tienen susparticularidades. 

Las multas en Córdoba tienen sus particularidades. 

La Ley Nacional N° 27.425 considera equivalentes las luces bajas y las diurnas, pero en provincias como Córdoba rige la obligatoriedad de utilizar luces bajas reglamentarias. El ministro de Seguridad de la provincia, Juan Pablo Quinteros, remarcó que: “Las luces bajas para circular en la provincia son obligatorias y hay muchas dudas de los conductores de vehículos que poseen luces LED”.

El funcionario anunció que los turistas que ingresen a la provincia con las luces bajas apagadas recibirán un apercibimiento y una explicación sobre la norma (Agencia Nacional de Seguridad Vial).

En ese sentido, el ministro aclaró: “Los que viven en la provincia saben que tienen que circular con las luces bajas encendidas”. Podría haber modificaciones en el tema a futuro, ya que Quinteros admitió que se enviará una modificación en la Ley Provincial de Tránsito para que se debata este año.

La Ley de Tránsito N° 27.425, en el inciso “a” del artículo 47, equipara el uso de ambos sistemas lumínicos para la circulación en rutas nacionales: “Las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales”, precisa el documento.

El artículo 74 de la ley provincial indica que la luz baja, las de posición y de chapa de dominio son de uso obligatorio y deben permanecer simultáneamente encendidas (Agencia Nacional de Seguridad Vial).

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Las multas en Córdoba tienen sus particularidades.

Las multas en Córdoba tienen sus particularidades.

Otras recomendaciones en Córdoba

Los oficiales de la Policía Caminera recomiendan tener en cuenta otras normas de circulación.

  • Utilizar correctamente todos los cinturones de seguridad.
  • Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero con un sistema de sujeción homologado.
  • Respetar las velocidades máximas y mínimas indicadas en la señalización de cada vía.
  • No adelantar en zonas prohibidas.
  • No conducir bajo los efectos del alcohol. En Córdoba, rige la Ley 10.181 del programa Alcoholemia Cero en rutas y caminos de jurisdicción provincial.
  • Evitar estacionar o detenerse en banquinas.
  • Contar con espejos retrovisores en buen estado.
  • Llevar baliza portátil normalizada.
  • Tener un matafuego con carga vigente.
  • Asegurarse de que las patentes sean visibles.
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