En diálogo con A24.com, Gustavo Diez, Contador Público Nacional y Vicepresidente 1° del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, enumeró los puntos fundamentales para que los contribuyentes informen diversos gastos deducibles, así como datos sobre familiares a cargo y percepciones por compras en moneda extranjera, cruciales para aliviar la carga tributaria.
¿Qué se informa en el SIRADIG?: lo que hay que saber
1. Carga de Familia
Se deben declarar los familiares a cargo que cumplan las siguientes condiciones:
- Cónyuge e hijos que hayan residido en el país al menos 6 meses durante el año.
- Que no perciban ingresos netos anuales superiores a $3.503.688,17 (equivalente a la ganancia no imponible anual 2024).
2. Pluriempleo
Cuando un trabajador posee más de un empleo, el empleador que abona la mayor remuneración será quien determine y retenga el impuesto a las ganancias. El resto de los ingresos debe ser informado a través del Formulario 572 Web.
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3. Deducciones permitidas
- La ley permite computar las siguientes deducciones, sujetas a topes establecidos:
- Cuota médico-asistencial correspondiente al contribuyente y sus cargas de familia (hasta el 5% del ingreso neto).
- Donaciones a entidades exentas reconocidas por ARCA (hasta el 5% del ingreso neto).
- Servicios médicos y paramédicos (deducible el 40% del gasto, hasta el 5% del ingreso neto).
- Primas de seguros de vida y de retiro: hasta $195.845,39 anuales.
- Intereses por créditos hipotecarios destinados a la compra o construcción de vivienda única: hasta $20.000 anuales.
- Remuneraciones y contribuciones abonadas por personal de casas particulares (hasta el monto de la ganancia no imponible anual).
- Gastos en indumentaria o equipamiento de uso exclusivo laboral, siempre que no hayan sido reintegrados por el empleador.
- Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca como socio protector (deben mantenerse por un mínimo de 2 años).
- Gastos educativos por hijos o cargas de familia hasta 24 años que cursen estudios regulares (deducible hasta el 40% de la ganancia no imponible, es decir, $560.590,07 para el año 2024).
- Alquiler de vivienda: deducible hasta el 40% del importe abonado anualmente, con los siguientes requisitos:
- No ser titular de ningún inmueble (ni siquiera en porcentaje).
- El contrato debe estar registrado en el servicio “RELI” de ARCA.
- El alquiler debe estar debidamente facturado.
4. Percepciones por operaciones en moneda extranjera
Se pueden informar las percepciones realizadas por operaciones alcanzadas por la Resolución General 4815 de ARCA:
- Compras con tarjeta en moneda extranjera.
- Pasajes, alojamientos, servicios contratados en el exterior.
- Plataformas digitales del extranjero.
- Estas percepciones serán computadas como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.