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Denuncia de venta: cómo hacerla digitalmente

Denuncia de venta: cómo hacerla digitalmente

La digitalización de expedientes públicos continúa su avance firme. En lo que representa un logro significativo, la denuncia de venta de vehículos ya está disponible para su gestión íntegramente remota. Accediendo al sitio web de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor (DNRPA), la diligencia promete ser más rápida y sencilla.

Este innovador servicio de denuncia de venta online forma parte de los nuevos lineamientos en materia registral que se promueven desde los distintos organismos estatales. Su implementación se suma a los anteriores relacionados, como los informes de estado de dominio; histórico de titularidad y de multas por infracciones de tránsito.

“La decisión se enmarca en las políticas de modernización que lleva adelante la cartera de Justicia, con el objetivo de brindar un mejor y más eficiente servicio al público”, afirmaron puntualmente desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, entidad conducida por Germán Garavano.

Al momento de iniciar la tramitación por internet, la persona debe ser la titular del rodado y de la cuenta bancaria con la que paga el arancel. Estas dos condiciones preliminares son mínimas, pero ineludibles. Cumpliendo los pasos indicados, la denuncia de venta estará lista en su formato virtual.

¿Por qué es importante tramitarla?

Un descuido frecuente entre quienes venden un vehículo (registrado a su nombre) es no contemplar los requisitos necesarios para liberarse de sus obligaciones. Erróneamente, piensan que esto sucede cuando lo entregan a un tercero o agencia junto con el conocido Formulario 08. Pero aún son ellos los que acarrean con el compromiso de hacerse cargo si ocurrieran daños posteriores con el automotor en cuestión.

Afrontar un juicio por responsabilidad civil debido a un accidente automotor o por uso ilícito representa un trastorno evitable de extrema gravedad y muy oneroso, sin discriminar patrimonio. Por este motivo, resulta sumamente importante que el titular de un dominio comunique formalmente esta circunstancia ante el Registro Nacional de Propiedad Automotor Seccional donde estuviera radicado.

La denuncia de venta debe realizarla únicamente el titular del automotor, su representante legal o apoderado. Cabe aclarar que tal exigencia no incluye aquellos préstamos momentáneos de un auto o moto, sino cuando la entrega es efectiva a otra persona (en carácter de poseedor o tenedor) y está asentada en un acto jurídico como puede ser el usufructo o leasing.

Precisamente, es este procedimiento el medio fehaciente para acreditar estos casos. Dicho documento informativo exime al vendedor de un rodado de cualquier responsabilidad civil relacionada al que era su vehículo. Esta conclusión se desprende de las disposiciones regulatorias que establece el Régimen Jurídico del Automotor.

En su artículo 27 argumenta que "hasta tanto se inscriba la transferencia el transmitente será civilmente responsable por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor en su carácter de dueño de la cosa. No obstante, si con anterioridad al hecho que motive su responsabilidad el transmitente hubiere comunicado al Registro que cedió el automotor, se reputará que el adquirente o quienes de este último hubiesen recibido el uso, la tenencia o la posesión de aquél, revisten con relación al transmitente el carácter de terceros por quien él no debe responder y que el automotor fue usado contra su voluntad".

Sobre la modalidad online

Gracias a las facilidades del sistema, la denuncia de venta puede obtenerse en línea a través del sitio web de la DNRPA. En la misma figuran las cláusulas definidas de acuerdo al caso, entre las cuales se subraya que el expediente no pierde vigencia salvo que el vehículo retorne a la parte vendedora por algún motivo. Con respecto a los requerimientos, es fundamental que el interesado tenga a disposición la siguiente documental e información del automotor:

  • Documento identificatorio: DNI para ciudadanos argentinos, aceptándose LC o LE sólo para mayores de 75 años. Para los extranjeros con residencia permanente también se acepta el DNI y si son de países limítrofes también la CI o pasaporte del país de origen. En caso de no poseer la residencia, se precisa pasaporte indefectiblemente.
  • Número de dominio del vehículo.
  • Datos del vendedor: apellido y nombre del titular, junto con una dirección válida de casilla de mail.
  • Datos del comprador: nombre completo y DNI. En caso de persona jurídica, debe apuntarse la razón social y el CUIT.
  • Contexto de entrega del rodado: debe consignarse fecha y lugar donde fue cedido el mismo.
  • Constancia de la venta: recibo o cualquier documento probatorio en original y fotocopia.
  • Datos complementarios: refiere a otras reseñas de interés, como podría ser el domicilio del comprador.

Ya navegando dentro de la página oficial, el solicitante debe localizar este trámite por su nombre y completar el formulario electrónico. Luego, procede a efectuar el pago online de los aranceles involucrados: denuncia de venta, certificado de firma y Formulario 11. Estos importes varían en función de la categoría del vehículo y si se trata de un auto o una moto. Finalmente, se recibe el correspondiente certificado en la cuenta de mail informada, dando por concluido el proceso.

Para tener en cuenta

Una vez efectuada la denuncia de venta, se otorga un plazo de 30 días hábiles para concretar la transferencia del automotor. Caso contrario, la entidad oficial enviará una alerta al propietario por correo electrónico, junto con la prohibición de circular y el pedido de secuestro del rodado.

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